SociedadEl Gobierno aprueba el Reglamento de las condiciones básicas de accesibilidad cognitiva

El Gobierno ha dado luz verde al Real Decreto 707/2026, por el que se aprueba el Reglamento de las condiciones básicas de accesibilidad cognitiva, que desarrolla la Ley de Accesibilidad Cognitiva, una norma revolucionaria en cuanto a la forma en que se redactan, presentan y organizan la información pública y privada para que resulte más comprensible.

Se trata del primer marco estatal específico en esta materia, y entrará en vigor el 2 de enero de 2027. Establece las condiciones básicas que deberán cumplir administraciones, empresas y entidades que presten servicios de interés general para facilitar la orientación y la comprensión de la información, los espacios y los procedimientos. El objetivo es que las personas con dificultades de comprensión puedan desenvolverse con más autonomía en situaciones cotidianas, desde una consulta médica hasta un trámite administrativo o el uso del transporte público.

El reglamento afecta a ámbitos especialmente sensibles como la sanidad, la justicia, las telecomunicaciones, los transportes, los procesos electorales y los espacios de atención al público. En todos ellos, la norma impulsa recursos como lectura fácil, lenguaje claro, pictogramas, señalización comprensible y otros apoyos visuales o sonoros que ayuden a interpretar mejor la información.

El texto también introduce medidas específicas para los trámites electrónicos, los formularios, la atención presencial y la documentación administrativa, con el fin de que cualquier persona pueda entender qué debe hacer y cómo hacerlo.

Entre las herramientas previstas figuran el lenguaje claro, la lectura fácil, la comunicación aumentativa y alternativa, los apoyos visuales, los pictogramas de señalización y los recursos tecnológicos accesibles, incluida la inteligencia artificial como apoyo en determinados procesos. El reglamento añade además que, cuando la lectura fácil o el lenguaje claro no sean obligatorios, la información deberá facilitarse al menos en lenguaje sencillo.

La norma dedica un capítulo relevante a la Administración de Justicia, y establece que las resoluciones y comunicaciones judiciales deberán presentarse en un formato comprensible. También prevé la figura de una persona facilitadora procesal, encargada de realizar los ajustes necesarios para que la persona con dificultades cognitivas pueda entender y ser entendida, y permite que esté acompañada por una persona de su elección.

En el ámbito electoral refuerza el voto accesible y obliga a incorporar más apoyos en locales, materiales y campañas informativas. Así, las juntas electorales deberán garantizar señalización accesible, una guía cognitivamente accesible y personal que explique los pasos a seguir en la votación, mientras que los programas electorales deberán difundirse al menos en lenguaje sencillo.

El texto incorpora además una mirada específica al medio rural y a la perspectiva de género. En el primer caso reconoce que la despoblación, la falta de transporte, la brecha digital y la escasez de servicios agravan las barreras; en el segundo, advierte de que mujeres y niñas con dificultades cognitivas afrontan una mayor exposición a la violencia y a la discriminación.

La accesibilidad cognitiva es el derecho a comprender la información que proporciona el entorno, a dominar la comunicación que se mantiene con él y a poder hacer con facilidad las actividades que en él se llevan a cabo sin ningún tipo de discriminación.

Este Reglamento ha sido recibido como un avance relevante por el sector de la discapacidad, que llevaba tiempo reclamando una norma de este tipo y, sobre todo, medios suficientes para aplicarla de forma real y no meramente formal. Con esta nueva regulación, la accesibilidad cognitiva deja de ser una idea general para convertirse en una obligación concreta en la manera de comunicar, señalizar y prestar servicios.